TSE espera en 9 días informe de supervisión al congreso del MAS y resolvió impugnaciones

Hasta el jueves de la próxima semana, la sala plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) esperará el informe de supervisión al congreso del MAS que fue realizado por dos técnicos del Servicio Intercultural de Fortalecimiento Democrático (Sifde) en la localidad de Lauca Ñ.

“La segunda fase corresponde a la supervisión, propiamente dicha, y estamos como tribunal, a la espera del informe que debe elevarnos el Servicio de Fortalecimiento Democrático. Tienen algo así como nueve días para hacernos llegar el informe”, informó el presidente del ente electoral, Óscar Hassenteufel a EL DEBER.

Los pasados días 3 y 4 de octubre se realizó el décimo congreso del MAS-IPSP, pese a los cuestionamientos de las organizaciones del Pacto de Unidad afín al Gobierno y del propio Ejecutivo, pues los dos primeros mandatarios decidieron no asistir pese a que fueron invitados con anticipación. Ahora estas organizaciones descalifican la realización de este evento.

“El Tribunal Supremo Electoral y los Tribunales Electorales Departamentales, en el ámbito de su jurisdicción y competencia, podrán acompañar y supervisar el cumplimiento de estos procedimientos” señala el artículo 26 de la Ley de Organizaciones Políticas (Ley 1096), de ese modo se dispuso el acompañamiento del Sifde a esta instancia.

Sin embargo, la misma ley prevé que todos los cambios de dirigencia que hubieran realizado los partidos a través de congresos o asambleas deben ser comunicadas al TSE, lo que significa que la nueva dirigencia del MAS debe hacer llegar su propio informe sobre su congreso, las resoluciones y las actas del evento.

“Los partidos políticos y las agrupaciones ciudadanas que realicen modificaciones a sus documentos constitutivos y/o a la composición de su directiva, registrarán las mismas ante el Tribunal Supremo Electoral o Tribunales Electorales Departamentales, según su alcance, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de aprobada la decisión en su instancia orgánica. Las modificaciones no surtirán efecto hasta que el Tribunal Electoral correspondiente instruya su registro, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario” establece el artículo 24 de la misma norma.

El presidente del TSE también informó que en estos días la sala plena resolvió las impugnaciones que habían hecho llegar las organizaciones que querían impedir la realización del congreso masista. El Pacto de Unidad había solicitado una “revisión extraordinaria” de la supervisión; mientras que dos diputados presentaron la impugnación al evento.

“Dos recursos de revisión extraordinaria se plantearon en contra de la resolución 237, por la cual se autorizó la supervisión al congreso. Esos dos recursos han sido resueltos, han sido declarados improcedentes porque no cumplen los requisitos y formalidades que establece la norma, el artículo 217 de la ley 026”, explicó Hassenteufel.

El Deber

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