Elecciones 2025: ¿Quiénes pueden excusarse de ser jurados electorales?

De acuerdo con la normativa vigente, las personas enfermas, mujeres en estado de gestación y dirigentes o candidatos de organizaciones políticas podrán excusarse de cumplir la labor de jurados en laselecciones del 17 de agosto, de ser elegidos en el sorteo de este viernes, 18 de julio.

La Ley 018 del Órgano Electoral establece que son causales de excusa: 1) enfermedad probada con certificación médica; 2) estado de gravidez; 3) fuerza mayor o caso fortuito comprobado documentalmente y 4) ser dirigente o candidato de organizaciones políticas, debidamente acreditado.

Hay que remarcar que pueden presentar sus excusas para el ejercicio de la labor de jurados de mesas de sufragio ante los tribunales electorales departamentales y ante los Representantes Notarios para voto en el exterior desde el lunes, 21 de julio, hasta el domingo, 27 de julio.

El sorteo es este viernes

Esta labor se cumplirá luego que este viernes se realice el sorteo de más de 204.000 jurados electorales con vistas a las elecciones generales del 17 de agosto, a partir de un sistema informático diseñado para garantizar un proceso aleatorio, seguro y transparente.

Una vez realizado el sorteo, el 18 de julio se iniciará la notificación a los jurados seleccionados, a cargo de los notarios electorales. Además, la lista oficial será publicada en la edición del domingo 20 de julio del periódico EL DEBER, como parte de las acciones de difusión establecidas por el Órgano Electoral.

El Deber

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