Este miércoles 10 de junio de 2026, la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Presentantes, que preside la congresista Gloria Arizabaleta, ordenó la ‘suspensión’ del presidente Gustavo Petro hasta el 21 de junio por presunta participación en política. La decisión generó fuertes reacciones entre políticos y miembros del Gobierno nacional.

El ministro del Interior, Armando Benedetti, señaló que el Senado de la República es el único órgano que puede suspender al jefe de Estado y afirmó que «en derecho» no existe la posibilidad de que la Comisión de Acusaciones suspenda al mandatario.
«En derecho, no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al Presidente porque es una comisión de instrucción. Solo el Senado es quien puede hacerlo después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente. Luego la Comisión de Acusaciones no puede suspender al Presidente de la República, y menos la voluntad de una sola representante (sic)», señaló Benedetti.
Roy Barreras, expresidente del Senado y excandidato presidencial, calificó la decisión de inconstitucional y señaló que la Cámara de Representantes no tiene la capacidad para tomar esa decisión.
«Como expresidente del Congreso en dos ocasiones ratifico ante los colombianos que la Comisión Legal de Acusaciones NO tiene ninguna atribución para semejante decisión inconstitucional y por tanto no tendrá efecto alguno! (sic)», afirmó.
Agencias