Tras un gabinete virtual dirigido por el presidente Rodrigo Paz desde Estados Unidos, el Gobierno publicó, minutos antes de la medianoche del jueves, el Decreto Supremo 5727, que “declara de prioridad del Órgano Ejecutivo, la reorganización, disolución y/o liquidación de las empresas públicas del nivel central del Estado”.

“En cumplimiento al Artículo 6 de la Ley 1755, del 30 de julio de 2026, de Modificaciones al Presupuesto General del Estado – Gestión 2026, la reorganización, disolución y/o liquidación de las empresas públicas del nivel central del Estado se efectuará con base al diagnóstico técnico efectuado por la Oficina Técnica para el Fortalecimiento de la Empresa Pública – OFEP, aprobado por el Consejo Superior Estratégico de la Empresa Pública – COSEEP”, cita el Artículo 2 del nuevo decreto.
Una vez recibida la resolución del COSEEP que apruebe el diagnóstico técnico recomendando la «reorganización», el ministerio responsable del sector realizará las gestiones de los instrumentos normativos en un plazo máximo de 15 días hábiles.
Es decir, se podrá impulsar un nuevo decreto supremo o un anteproyecto de ley dependiendo del nivel de normativa que se haya usado para la creación de la empresa pública.
El inicio del proceso de “reorganización” no suspenderá las operaciones de las empresas públicas y la determinación de responsabilidades se tramitará de forma paralela e independiente.
La disolución o liquidación no se suspenderá por investigaciones, auditorías o procesos administrativos de determinación de responsabilidades. Tampoco este proceso de liquidación eximirá de responsabilidad a los servidores o exservidores públicos vinculados a la gestión de algunas de las empresas.
Hace unos días, el ministro de Economía y Finanzas Públicas, Christian Andrés Morales, adelantó que “en el muy corto plazo” se empezará a cerrar un grupo de unas 8 a 10 empresas.
El Deber