«(…) el proyecto de ley habla de cuidados paliativos de manera gratuita y de calidad. En eso se centra el proyecto de ley en un 80%; es decir, que nosotros tengamos un sistema nacional de cuidados paliativos para obligar al Estado a reforzar nuestro sistema de salud, que hoy en día es bastante precario y que lamentablemente la mal llamada muerte o eutanasia para los pobres en nuestro país ya existe. ¿Cuál es? La falta de medicamentos, donde te obligan a ir a tu casa para que directamente tú descanses», lanzó Diego Bráñez, el diputado proyectista de la Ley de Cuidados Paliativos, Muerte Digna y Eutanasia, que aún se analiza.

Para el legislador, en Bolivia no existe una normativa específica que prevea los cuidados paliativos.
«Si bien lo mencionan de manera escueta en la Ley del Cáncer, los cuidados paliativos no se cumple a cabalidad y este proyecto de ley obliga al Estado a conseguir los recursos necesarios a través de la implementación del Sistema Nacional de Cuidados Paliativos para darle este soporte y este acompañamiento a tantas familias bolivianas que tanto lo necesitan y que muchas veces corren en este tipo de gastos diarios», apuntó Bráñez este jueves en ON-Otra noche con Sissi, de EL DEBER.
Detalles
El proyectista aclaró que la normativa propuesta establece que una vez que la persona solicite la eutanasia, hay un periodo de reflexión de 15 días para que pueda acceder al sistema nacional de cuidados paliativos. Se conformará una junta con cinco profesionales: psicólogos, psiquiatras, abogados, las entidades religiosas para que puedan corroborar que justamente ellos puedan revisar toda la documentación y todo el historial clínico que vaya a tener el solicitante.
Sobre quiénes pueden acceder a este servicio, Bráñez remarcó que solamente personas mayores de edad, personas de nacionalidad boliviana o de residencia permanente durante 12 meses. Además de quienes hayan sido detectadas con enfermedades graves o completamente irreversibles, pero sobre todo personas que tengan capacidad de libre decisión.
«Menores de edad no ingresan, personas postradas en una cama por una enfermedad o muerte cerebral tampoco son tomadas en cuenta», subrayó el diputado y aclaró que la ley también contempla que hasta el último segundo antes de que se aplique el procedimiento si la persona quiere desistir lo hace sin ningún tipo de burocracia.
La normativa también cuida al médico que vaya a realizar el procedimiento o los profesionales quienes están involucrados dentro de este procedimiento modificando el Código Penal del artículo 257, donde estipula el homicidio piadoso añadiendo un segundo parágrafo, «indicando de que las personas que colaboren profesionales en este procedimiento en estricto cumplimiento a la ley a la reglamentación de cuidados paliativos, muerte digna y eutanasia quedan exentos de responsabilidad civil, administrativa y penal», puntualizó Bráñez.
El Deber