Después de 20 años de la violación y torturas de las que fue víctima y un largo peregrinar en demanda de justicia, Brisa De Angulo escuchará este jueves el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), en el proceso que presentó contra el Estado boliviano. Ella demanda que el tribunal internacional disponga la creación de un estándar internacional con 11 cambios estructurales del sistema judicial de Bolivia y de todos los países que componen la Organización de Estados Americanos (OEA).

“Yo no quiero ninguna reparación personal, no quiero plata para mí; lo que yo estoy pidiendo a la Corte-IDH son 11 cambios estructurales que son necesarios (…) Éste es un caso donde la Corte puede crear estándares internacionales, no solamente para Bolivia sino también para los 24 países miembros de la OEA”, afirmó ayer Brisa De Angulo a Página Siete.
La demanda internacional que Brisa presentó contra el Estado boliviano se da porque tras ser víctima de violación, el sistema judicial boliviano en vez de ayudarla, la revictimizó. “Busqué ayuda, pedí auxilio, pero a todos los lugares que fui como la Policía, la Fiscalía, los jueces y médicos forenses me echaban la culpa o me decían que me merecía lo que me había sucedido”. Como no obtuvo justicia en Bolivia, acudió a la Corte-IDH.
El ataque contra ella fue cuando tenía 15 años y partió de un familiar suyo que llegó a vivir en la casa en la que habitaba con sus padres en la ciudad de Cochabamba.
Los 11 cambios
Los cambios estructurales que demanda De Angulo a la Corte- IDH están enmarcados en cuatro capítulos “para que el Estado Plurinacional de Bolivia genere espacios seguros que permitan a niños, niñas y adolescentes crecer y desarrollarse sin el riesgo de sufrir violencia sexual y que mejore el acceso a la justicia”.
El primer capítulo es la “Reforma del Código Penal y Procedimiento” que consta de cuatro puntos: 1. Adopción de la imprescriptibilidad para delitos contra la “libertad sexual”; 2. Tipificación de las violaciones sexuales incestuosas como delito dentro del Código Penal boliviano, cuando las víctimas sean menores de 18 años; 3. Modificación a los artículos relacionados con violación y abuso sexual y 4. Promover la realización de procesos abreviados en delitos contra la “libertad sexual” de niños, niñas y adolescentes.
El segundo capítulo es relativo a la “Operativización de la Justicia”, en la que se toma en cuenta desde el cambio 5. Priorización del interés superior de niños y adolescentes en delitos contra la libertad sexual, y el punto 6. Creación e implementación de políticas y prácticas de captura y recaptura en delitos contra la libertad sexual de niños y adolescentes.
El tercer capítulo es el “desarrollo de profesionales y servicios de alta calidad”, en el que se toman en cuenta los siguientes cambios: 7. Capacitación a profesionales del Gobierno, entre ellos: administradores de justicia, defensorías, IDIF, fiscales, jueces, policías psicólogos, trabajadores sociales, personal de servicio de salud, médicos forenses y abogados con acreditación en el nuevo paradigma del manejo integrado de violencia sexual contra los niños y adolescentes.
8. Creación de un observatorio de justicia en casos de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes; 9. Establecimiento de sistemas especializados en defensorías para el manejo integrado de las víctimas de violencia sexual; 10. Provisión de servicios de apoyo a las víctimas de violencia sexual y a sus familias aún después del juicio.
El último capítulo y punto 11 es la “Prevención”, que se refiere a la capacitación obligatoria en centros educativos sobre los derechos de niños y adolescentes, cómo prevenir la violencia sexual en el núcleo de la familia o su entorno social.
Brisa se ha convertido en una activista defensora de los derechos de las víctimas de violencia sexual y, para ello, estudió tres carreras: derecho, psicología y neuropsicología.
“No quiero ninguna reparación personal, no quiero plata, lo que pido a la Corte -IDH son 11 cambios estructurales en la justicia”.
Brisa De Angulo
Página Siete
