El diputado de CC Carlos Alarcón informó que de manera sorpresiva la comisión de Constitución convocó a una sesión para tratar el proyecto de ley sobre el uso, control y funcionamiento técnico del dispositivo electrónico de vigilancia. En su opinión, esa norma busca reemplazar detención preventiva con el uso de ese dispositivo para beneficiar a afines al gobierno que cometieron delitos de corrupción como el exministro Juan Santos Cruz.

El proyecto de ley 358/22-23 fue remitido por el presidente del Estado Luis Arce, el 20 de abril.
“Esta es la ley de fomento de la corrupción del gobierno de Luis Arce, esta ley puede ser bautizada como la ley del sindicado por corrupción exministro Juan Santos Cruz. Esta ley establece que una de las finalidades y el verdadero objetivo central de esta ley es reemplazar la detención preventiva por el dispositivo electrónico de vigilancia”, manifestó Alarcón.
El legislador señaló que si se viabiliza la norma quedarán “pulverizados” una treintena de tipos penales de corrupción que establece la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz.
“Se establece que el dispositivo reemplaza la detención preventiva en la totalidad de los delitos de corrupción de la ley Marcelo Quiroga Santa Cruz, 34 tipos penales que quedan pulverizados, en la detención preventiva con este proyecto de ley de la Corrupción, únicamente han exceptuado la legitimación de ganancias ilícitas, todos los demás, repito 34 delitos de la ley Marcelo Quiroga Santa Cruz, la 004, ya no van a tener detención preventiva y se les va a aplicar al manilla electrónica”, manifestó.
Alarcón expresó que ésta es una norma redactada “a medida”, ya que también establece que los acusados por terrorismo, como la expresidente Jeanine Añez y el gobernador de Santa Cruz Luis Fernando Camacho, no se beneficiarán con el uso de dispositivo electrónico de vigilancia.
El diputado opositor remarcó que por el contrario quien se podría beneficiar con esta norma sería el exministro de Medio Ambiente y Aguas, Juan Santos Cruz, imputado por enriquecimiento ilícito tras ser denunciado por el cobro de coimas millonarias en la adjudicación de obras.
La norma no menciona la restricción a la sustitución de la detención preventiva en los delitos de: uso indebido de bienes y servicios públicos; enriquecimiento ilícito; favorecimiento al enriquecimiento ilícito; cohecho activo transnacional; cohecho pasivo transnacional; obstrucción de la justicia; falsedad en la declaración jurada de bienes y rentas; peculado, malversación; uso indebido de influencias; beneficios en relación del cargo, y otros establecidos en la ley 004.
“No puede ser que hagas leyes a medida, firmadas con carta del Presidente del Estado, para por un lado fomentar y proteger la impunidad de su gobierno y de los gobiernos del MAS y por otro lado para que los que se perjudiquen con esta a medida sean el Gobernador de santa Cruz y al expresidenta Añez”, subrayó.



Página Siete
