La Ley 1352 de Permanencia Obligatoria en Territorio Nacional, promulgada el 14 de octubre de 2020, establece que las autoridades del nivel central (presidente, vicepresidente, ministros) y de entidades territoriales deben permanecer en Bolivia tres meses después de finalizado su mandato o ser destituidas, con el fin de garantizar la rendición de cuentas y evitar la impunidad.

Se trata de una norma que fue aprobada por Eva Copa en calidad de presidenta de la Cámara de Senadores y quien, para la fecha, presidía la Asamblea Legislativa durante el Gobierno de Jeanine Áñez.
El artículo uno de la mencionada ley señala lo siguiente: “La presente Ley tiene por objeto establecer la obligación de permanecer en el territorio nacional por el lapso de tres (3) meses de haber cesado en mandato o ser destituido la Presidenta o el Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente, Ministras o Ministros de Estado, Gobernadoras o Gobernadores, Alcaldesas o Alcaldes, Asambleístas Nacionales, Departamentales, Concejales Municipales y Máximas Autoridades Ejecutivas de las empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales, a efectos de rendir los informes que se requieran a las autoridades entrantes, en el marco de la transparencia y precautelando los intereses del Estado”.
El texto establece que, en ese tiempo, dichas exautoridades deban “rendir los informes que se requieran a las autoridades entrantes, en el marco de la transparencia y precautelando los intereses del Estado” y advierte que “las autoridades salientes que incumplan la presente ley serán pasibles penalmente”.
Agencias
