Ley anticorrupción inhabilita ejercer profesión por delitos

Anoche, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó por mayoría absoluta, en su estación en grande y detalle, el proyecto de Ley 207/2020-2021, “De fortalecimiento para la lucha contra la corrupción”. La norma, a través de sus seis artículos y disposiciones transitorias y finales, plantea nuevas medidas para enfrentar ilícitos, entre ellas, las modificaciones a 23 artículos del Código Penal, en que se da un peso específico a “inhabilitación” de ejercer funciones y profesión por determinado tiempo. Este precepto, establece que “la sanción de inhabilitación consiste en privar a la persona condenada de ejercer o acceder a empleo, oficio, profesión o servicio público, de cuyo ejercicio u ocasión se abusó para la comisión del hecho”.

Señala que en los “delitos de corrupción y vinculados, cometidos por servidora o servidor, empleada o empleado público en el ejercicio de sus funciones, se aplicará la inhabilitación después del cumplimiento de la pena principal”.

“La inhabilitación dispuesta no será menor a seis meses ni mayor a 10 años, fijándose la cantidad en función a la culpabilidad. De cuatro hasta 10 años en delitos con pena privativa de libertad y de seis meses a cuatros años en delitos culposos o con sanción no privativa de libertad”.

Se define que la “inhabilitación afectará exclusivamente al empleo, oficio, profesión, servicio público, de cuyo ejercicio u ocasión se abusó para la comisión del hecho. Ésta se anotará en los registros correspondientes y el incumplimiento injustificado de la inhabilitación dará lugar a privación de libertad”.

Según las modificaciones al Código Penal, la inhabilitación se aplicará en los ilícitos cometidos como son: peculado, malversación, cohecho pasivo, uso indebido de influencias, negociaciones incompatibles, concusión, exacción, resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, incumplimiento de deberes, cohecho activo, usurpación de funciones, prevaricato de juez o fiscal, consorcio entre responsables del Servicio de Justicia, retardo de justicia, contratos lesivos y otros.

Los Tiempos

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