Senado sanciona la Ley de Ascensos y mantiene al ministro de Gobierno en el mando policial

Después de más de cinco horas de debate, la madrugada de este 5 de agosto, la Cámara de Senadores sancionó la Ley de Carrera de Generales y de Ascensos de la Policía Boliviana, misma que fue derivada al Órgano Ejecutivo para su promulgación. La norma mantiene el artículo 11 que prevé el mando policial con la presencia del ministro de Gobierno.
Los senadores de oposición observaron la inconveniencia de mantener al titular de la cartera de Gobierno en la estructura policial, pero la mayoría masista impuso el voto y aprobó sin modificaciones el texto de la Ley, tal como llegó de la Cámara de Diputados.
Los artículos 11, 32 y la disposición final única fueron los más observados y merecieron el debate de los senadores. En el primer caso los opositores incluso plantearon que el ministro de Gobierno sea sometido a la Ley 101, de Régimen Disciplinario de la Policía; pero el MAS no aceptó la propuesta.
El senador pandino, Luis Flores (MAS), dijo que este artículo en realidad fijaba la coordinación entre el Órgano Ejecutivo y la Policía. Ese mismo argumento está en un “ayuda memoria” que circula en las esferas policiales.
La senadora Andrea Barrientos (CC) dijo que el artículo 11 tiene el objetivo de sujetar a la Policía para que no ocurra otro motín policial como ocurrió en 2019 y calificó este precepto como el “artículo antimotín”.
En el caso del artículo 32, el debate se centró en la forma cómo se propondrá los ascensos dentro la Policía, porque el texto señala que será presentado por el Comandante de la Policía, pero previa conformidad del ministro de Gobierno. Para los opositores ese artículo desinstitucionalizará los distintos cargos y estarán sujetos a las decisiones arbitrarias el ministro de turno.
En el caso de la disposición final única, los opositores observaron el hecho de que esta ley no comprometa recursos adicionales para el Estado, pero apruebe diferencia en los grados de los oficiales. El MAS no explicó cómo se diferenciará los rangos que no implique más recursos para las arcas del Estado.
Los artículos
El artículo 11 señala, “el Mando Policial, está conformado por las siguientes autoridades: Ministra o Ministro de Gobierno; Comandante General de la Policía Boliviana; Subcomandante y Jefa o Jefe de Estado Mayor de la Policía Boliviana y Suboficial de Estado Mayor de la Policía Boliviana.
Mientras que el parágrafo II del artículo 32 señala, “Los cargos previstos en el Parágrafo precedente, con excepción del señalado en el inciso a) del numeral 1, serán propuestos por la o el Comandante General, previa conformidad de la ministra o el ministro de Gobierno y designados por la Presidenta o el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia”.
El parágrafo I de la disposición final única, refiere, “la aplicación de la presente Ley no comprometerá recursos adicionales del Tesoro General de la Nación”.
Después que la mayoría masista sancionó la Ley, el MAS propuso una sesión de fotos de todos los senadores porque fue la última sesión en este hemiciclo y desde la siguiente semana se sesionará en el nuevo edificio.
El Deber