El Ministerio Público aclara que trabaja con «normalidad» pese a aprehensión de fiscales

La Fiscalía General del Estado informó que las actividades del Ministerio Público se desarrollan con normalidad, pese a las intervenciones policiales registradas en distintas sedes fiscales del país y a las recientes aprehensiones de fiscales de alto rango. 

El comunicado surge después de la aprehensión del Fiscal General del Estado, Róger Mariaca, registrada la noche del 30 de septiembre, y de las detenciones del fiscal departamental de Santa Cruz, Alberto Zeballos, y del fiscal superior Martín Irusta Flores, entre otros funcionarios del Ministerio Público.

En este marco, la Fiscalía General emitió un comunicado para informar a la población sobre el funcionamiento de sus servicios y la situación de sus oficinas.

«Informamos que las instalaciones de las institución en los diferentes departamentos aún continúan con intervención policial; sin embargo, las plataformas de atención al público funcionan de manera normal«, señala el comunicado.

La aclaración surge después de que el Gobierno asegurara haber «desmantelado una organización criminal instalada en la administración del Ministerio Público«, en referencia a las investigaciones que involucran a autoridades fiscales.

El Ministerio Público aclara que trabaja con "normalidad" pese a aprehensión de fiscales

¿Quién asume la Fiscalía General ante la ausencia de Mariaca?

En medio de la aprehensión de Mariaca, la Fiscalía recordó las disposiciones establecidas en el artículo 25 de la Ley N° 260, referido al régimen de suplencias y a los mecanismos previstos para garantizar la continuidad de las funciones del Ministerio Público ante la ausencia de sus principales autoridades.

El parágrafo I señala:

«En caso de impedimento temporal por viaje o enfermedad de la o el Fiscal General del Estado, será suplida o suplido por la o el Fiscal Departamental de Chuquisaca; y en ausencia de éste, lo suplirá el o la Fiscal Departamental de acuerdo al orden de prelación establecido en el parágrafo V de este Artículo.»

Mientras que el parágrafo II establece: «En casos de destitución, suspensión definitiva, renuncia, ausencia o impedimento definitivo de la o del Fiscal General del Estado, lo suplirá la o el Fiscal Departamental o Superior de acuerdo al orden de prelación establecido en el parágrafo V de este Artículo, debiendo presentarse para tal efecto la documentación pertinente ante la Asamblea Legislativa Plurinacional para que se procese en la Comisión Mixta de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado.»

La normativa también contempla qué ocurre ante la ausencia de los fiscales departamentales:

«En caso de destitución, renuncia, ausencia o impedimento de las o los Fiscales Departamentales, serán suplidas o suplidos por la o el Fiscal de Materia, de acuerdo con la prelación establecida en el parágrafo V de este Artículo.»

Asimismo, establece que: «Las y los Fiscales Superiores así como las y los Fiscales de Materia, se suplirán entre sí.«

Por último, el artículo establece que el orden de prelación se determina de acuerdo con la antigüedad en:

  • Funciones en el cargo.
  • Funciones en el Ministerio Público.
  • La abogacía.

Mientras continúan las investigaciones, el Ministerio Público aseguró que sus plataformas de atención al público continúan funcionando y recordó las disposiciones legales previstas para garantizar la continuidad de sus funciones.

El Ministerio Público aclara que trabaja con "normalidad" pese a aprehensión de fiscales

El Deber